El RC-IVA puede ser considerado como una especie de Impuesto
a la Renta de las Personas Físicas; ya que se aplica sobre
los ingresos laborales y las rentas de capital. Los
contribuyentes deben deducir cuatro salarios mínimos, la
contribución a pensiones y las declaraciones de pagos -a
través de facturas- al
Impuesto al Valor Agregado (IVA). En los hechos, el impuesto
ha servido para controlar el pago del IVA en el momento de
comprar bienes y servicios, donde los “contribuyentes
formales” han desempeñado el papel del gobierno volviéndose
fiscalizadores. Sin embargo, la aplicación del RC-IVA se ha
mostrado con mayores costos que beneficios.
En primer lugar, las declaraciones de las facturas del IVA
para descontar el RC-IVA han requerido tiempo y dinero tanto
para los declarantes (empleados y empleadores o agentes de
retención) como para los fiscalizadores, Servicio de
Impuestos Nacionales (SIN). De acuerdo a Jenkins y Arroyo
(2003), el costo anual por agente de retención es 416 USD y
por empleado 11.6 USD por año. En su conjunto este costo
llega a representar 24.39 millones de USD al año, 1.5 veces
el presupuesto del SIN (1).
En segundo lugar, las recaudaciones efectivas del RC-IVA han
sido muy bajas, representado alrededor de 23 millones de USD
en promedio durante 2000-2008, aproximadamente el 0.2% del
PIB; sin compensar si quiera el costo de tiempo y dinero
asociado a este (además de las distorsiones que genera).
En tercer lugar, pocas
empresas y/o vendedores facturan debido al alto grado de
informalidad por legalidad de la economía boliviana, así
como a los regímenes tributarios que exencionan la emisión
de facturas. Adicionalmente, una otra parte de los ingresos
se destina al ahorro, lo que también limita el pago del IVA.
Las estimaciones de Nina (2006) muestran
que, en conjunto, los impuestos al consumo pagados por los
hogares bolivianos representan menos del 7% del ingreso per
cápita del
hogar (2); lo que quiere decir que el control del IVA a
partir del RC-IVA, en el marco de las reglas actuales,
provoca en buena medida un mercado de facturas secundario,
ya que para el contribuyente es imposible cubrir con consumo
propio el monto requerido del pago del IVA para descontarse
del RC-IVA. Este mercado secundario ciertamente se ve
motivado por las enormes inequidades tributarias, ya que al
final son solamente los empleados formales los que están
sujetos tanto al IVA como al RC-IVA (además de todos los
costos laborales asociados), contraviniendo a la misma
actual Constitución Política del Estado que en su Artículo
108 dice “Son deberes de las bolivianas y bolivianos (..)
tributar en proporción a su capacidad económica conforme a
Ley”.
En resumen, se hace necesario repensar en los beneficios del
RC-IVA y sopesar seriamente con los costos que genera a la
sociedad, a fin de buscar alguna solución alternativa menos
ineficiente y más favorable a la economía.
(*) Investigador Senior, INESAD. El autor felizmente recibe
comentarios a bmuriel@inesad.edu.bo .
(c) Institute for Advanced Development Studies 2011. Feel
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(1) Extraído
de Cossio F, 2005, “Análisis de un Potencial Impuesto al
Ingreso en Bolivia”, Fundación Jubileo.
(2) Nina
O, 2006, “El Impacto Distributivo de la Política Fiscal en
Bolivia”, INESAD, Documento de Trabajo 16/2006.